El
Registro Único de Proponentes es el registro en el cual deben inscribirse todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales de conformidad con el artículo 6 de la ley 1150 de 2007, mediante la calificación y clasificación que cada interesado realiza al momento de su inscripción, renovación o actualización, aportando la documentación que se exige, y que es objeto de verificación documental por parte de la cámara de comercio respectiva.
Por lo anterior, los interesados podrán solicitar su inscripción ante la Cámara de Comercio de Bucaramanga, en caso de que el domicilio de la empresa esté en su jurisdicción.
Para la inscripción en el registro de proponentes el Gobierno Nacional adoptó el formulario único, estableció los documentos indispensables para realizar la inscripción y aprobó el modelo de certificación que expide la Cámara de Comercio de Bucaramanga.
Con la información contenida en el formulario, los anexos y documentos presentados, la proveniente de las entidades estatales, relacionada con contratos ejecutados, multas y sanciones, las cámaras de comercio conforman un registro especial de inscritos, clasificados y calificados por actividades (constructores, consultores y proveedores), especialidades y grupos, de acuerdo con la naturaleza de los bienes y servicios ofrecidos, y expiden las certificaciones o informaciones que sobre el mismo se les solicite.