El Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición, tiene mas de 15 años de experiencia, cuenta con una excelente infraestructura física y los recursos tecnológicos necesarios para atender el procedimiento arbitral.
Contamos con 39 árbitros y amigables componedores de las más reconocidas calidades, trayectoria y reconocimiento, en las distintas especialidades del derecho.
Atendemos el trámite de Arbitraje previsto por la ley y el Reglamento del Centro.
Tenemos todos nuestros procesos y procedimientos certificados con la norma ISO, de manera que ofrecemos un servicio con los mejores estándares de calidad y con un software especializado en la materia.
Trámite
Se presenta ante el Centro de Conciliación y Arbitraje una solicitud de convocatoria de Tribunal de Arbitramento la cual debe reunir todos los requisitos exigidos por ley para una demanda.
Lista Oficial de Árbitros
Lista Oficial de Secretarios
Decreto 4089 de 2007
Decreto 1818 de 1998
Tarifas
Tarifas de Arbitraje
Ventajas
Con respecto a un proceso judicial ofrece rapidez o celeridad ya que la ley establece una duración de 6 meses para el proceso arbitral; especialidad , idoneidad e imparcialidad de los árbitros ; seguridad jurídica de la validez de los Laudos Arbitrales los cuales tienen la misma categoría de las Sentencias Judiciales.
Cómo se acude al Arbitraje?
Para acceder al mecanismo del arbitraje ante el Centro de Conciliación y Arbitraje debe incluirse en los contratos la cláusula compromisoria o ante la falta de ésta y surgido el conflicto , pactar entre las partes un Compromiso.
Modelo de Cláusula Compromisoria
Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, a su terminación, a su liquidación, al cumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el mismo, se resolverán por un Tribunal de Arbitramento que funcionará en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bucaramanga y que se sujetará al reglamento del Centro y de acuerdo con los siguientes reglas:
a. El Tribunal estará integrado por uno o tres árbitros según sea de menor o mayor cuantía respectivamente, nombrados de mutuo acuerdo y en caso de no acuerdo se delega tal facultad al Director del Centro.
b. El Tribunal funcionará en Bucaramanga en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bucaramanga .
c. El Tribunal decidirá en derecho.
Más información:
Centro de Conciliación y Arbitraje
Carrera 19 # 36-20, Piso 2
Teléfono: 652 7000 extensiones 388, 227 ó 315
joan.alvarez@camaradirecta.com